Voto nulo
El Ministerio del Interior (MIR) nos explica que és un Voto nulo, a fin y efecto de poner en conocimiento de los ciudadanos, el tipo de voto que pueden realizar el día de las Elecciones Generales del 20 de Noviembre.
Voto nulo :
Voto nulo es el que se emite en sobres o papeletas diferentes del modelo oficial, las papeletas sin sobre, los sobres que contengan más de una papeleta de distintas candidaturas (si se incluyen varias papeletas de la misma candidatura, se cuenta como un solo voto válido), los que se emiten en sobres alterados.
Las papeletas en las que se hubiera modificado, añadido, o tachado el nombre de los candidatos y candidatas, alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera introducido cualquier leyenda o expresión, o producido cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado.
En el caso de Elecciones Municipales, las papeletas en las que se hayan marcado más de cuatro candidatos o candidatas en municipios entre 101 y 250 habitantes, o más de dos en municipios de hasta 100 habitantes.
En el caso de elecciones correspondientes a municipios en concejo abierto, las papeletas en las que se hayan marcado más de un candidato.
No será nulo el voto emitido en papeleta cuya única irregularidad sea que aparezca señalado el nombre de alguno de los candidatos comprendidos en ella.
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