Voto desde alta mar

«Voto desde alta mar» es una expresión utilizada en el ámbito de la legislación marítima, que hace referencia al derecho de los ciudadanos que se encuentran a bordo de un barco o navío en alta mar de emitir su voto en elecciones. Este concepto está contemplado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que establece que los buques de nacionalidad de un Estado tienen la consideración de territorio de ese país, y por lo tanto, sus ciudadanos pueden ejercer su derecho al voto desde allí.

Sin embargo, esta práctica no está exenta de desafíos y complicaciones. Uno de los principales inconvenientes es garantizar que se respete el secreto del voto y que no haya manipulaciones ni influencias externas en la decisión del electorado. Además, también se deben tomar en cuenta aspectos logísticos como el envío de boletas electorales y la coordinación con las autoridades de los países donde el barco atraca, en caso de que sea necesario. A pesar de estas dificultades, el voto desde alta mar es una medida que busca garantizar el derecho de los ciudadanos a participar en el proceso democrático, incluso cuando se encuentran en aguas internacionales.

El Ministerio de la Presidencia (MPR) nos explica como efectuar el Voto desde alta mar, para aquellas personas que sean trabajadores del mar o esten en la armada, y deseen ejercer su derecho al voto.

Voto desde alta mar :

A través del servicio de radiotelegrafía, correo electrónico o fax (Acuerdo de la Junta Electoral Central de 12 de abril de 2007), se podrá solicitar de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral donde el interesado esté inscrito, el certificado de inscripción en el Censo.

En el mensaje se hará constar los datos siguientes:

  • Nombre y dos apellidos del solicitante.
  • Número del documento nacional de identidad o número de tarjeta de extranjero.
  • Fecha de nacimiento.
  • Provincia y municipio de nacimiento.
  • Municipio de residencia en el que está incluido en el Censo Electoral.
  • Calle y número de su domicilio.
  • Nombre del buque en que se encuentra embarcado.
  • Puerto o puertos en que tenga prevista su arribada el buque, con indicación de las fechas concretas en que ésta se haya de producir.


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