Visa de tránsito
El Ministerio de Asuntos exteriores Estadounidense nos explica la Visa de tránsito.
Visa de tránsito
Todos los pasajeros en tránsito en aeropuertos estadounidenses necesitarán un visado de tránsito. Esto no se aplicará a aquellos que viajen sin visado acogiéndose al Programa Piloto de Exención de Visado o a los nacionales de países a los que se permite exención de visado. Para poder beneficiarse de la exención de visado del Visa Waiver Pilot Program el motivo del viaje debe ser turismo, tránsito o negocios y además deben estar en posesión de un billete de avión de vuelta, de un pasaporte válido entre tres y seis meses y su estancia no puede ser mayor de 90 días.
Si se entra en Estados Unidos por las fronteras terrestres de Canadá o México hay que tener un formulario I-94W emitido por las autoridades de inmigración y haber pagado una tasa de 7 dólares.
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