Unidad económica de convivencia
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica la Unidad económica de convivencia, a fin y efecto de definir tan inportante concepto.
Unidad económica de convivencia :
Para determinar el requisito de carencia de rentas o ingresos suficientes, a efectos de acceder a las pensiones de jubilación e invalidez de modalidad no contributiva, es preciso comprobar si el beneficiario convive o no con otros familiares. Existe unidad económica de convivencia en todos los casos en que el beneficiario conviva con otras personas, sean o no beneficiarias, unidas con él por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad hasta el segundo grado.
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Si la persona no tiene ningún ingreso y vive con una hermana que no trabaja y con el marido de esta que si lo hace, en este caso ¿El marido forma parte de la Unidad Económica de Convivencia?
Gracias
En principio si.
Si la persona que no tiene ningún ingreso vive y está empadronada en una residencia de ancianos y el familiar o el marido vive y está empadronada en su vivienda habitual de ese mismo municipio ¿Se consideran que forman parte de la misma unidad de convivencia?
Es decir, las dos personas están empadronados y residiendo en diferentes viviendas del mismo municipio.