Transferencia del dominio de un Automotor, moto y maquinaria en Argentina

Podrá transmitir el dominio de automotor, moto o maquinaria agrícola, vial o industrial inscriptos. Con este trámite podrá conseguir la sucesión compra-venta o donación.

Procedimiento y documentos para realizar

El primer paso del procedimiento del trámite de la transferencia del dominio de un Automotor, moto y maquinaria en Argentina.

Presentar la documentación requerida en el Registro Seccional correspondiente

Para recibir una constancia debe primero realizar el trámite de Certificado de la transferencia de automotor, moto o maquinaria.

Qué documentación se debe presentar

Estos son los requisitos y la documentación que debe presentar.

  • Formulario “08”. Firmas certificadas de las partes. Si el titular es casado debe también firmar el cónyuge.
  • Verificación policial en Formulario “12” (obligatoria para automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/85).
    La verificación física realizada en planta habilitada tendrá una validez de 150 días hábiles administrativos y deberá ser realizada en planta verificadora habilitada para el Registro Seccional donde se presentará el trámite.
  • Consultar las Plantas Verificadoras.
  •  Título del automotor, moto o maquinaria.
  • Cédula verde del rodado.
  • Certificado de Transferencia Automotor (Ce.T.A.) para automotores valuados en $30.000.- o más. Lo debe obtener el titular vendedor del rodado en la página web de AFIP con clave fiscal o en la agencia AFIP que le corresponde por el domicilio al titular. Lo imprimirá y se debe presentar al registro junto con la documentación de la transferencia.

Dato importante

en caso de condominio ese monto se dividirá según los porcentajes de participación de cada uno de los condóminos.

  •  Formulario “13 C” – Informe impositivo para realizar la baja por transferencia o cambio de radicación.
  •  Formulario 13 i Informe sobre infracciones de tránsito para realizar la transferencia y Formulario libre deuda de patentes.
  • Declaración Jurada del adquirente o comprador sobre si él es o no es una persona expuesta políticamente, con firma certificada por el registro o por escribano público si es que no concurrirá en persona al registro; cuando el monto de la adquisición supere $300.000.- se deberá probar la procedencia del dinero utilizado para la adquisición mediante instrumentos fehacientes.
  • Constancia de inscripción del comprador o adquirente de CUIT, CUIL o CDI.
    CUIT o CUIL: se podrá acreditar mediante alguno de los siguientes elementos:
    Constancia emitida por la AFIP o ANSES.
    CDI: Formulario de declaración jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP.

En caso de existir prenda, constancia fehaciente (carta documento o telegrama colacionado) de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario.

En caso de encontrarse inscripto contrato de leasing, constancia de que el tomador del leasing está en conocimiento de la venta, mediante presentación de la copia del telegrama o carta documento emitida por el correo.

Documento que acredite el domicilio del adquirente o de la guarda habitual del automotor.

  • Personas de existencia  visible con ciudadanía Argentina
  • DNI, Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica, (original y fotocopia certificada).
  • Personas de existencia visible con ciudadanía extranjera
  • DNI otorgado por el Registro Nacional de las Personas para los extranjeros con residencia permanente en el país (original y fotocopia certificada).
  • Declaración jurada (debidamente certificada por Escribano Público o Encargado del Registro) manifestando su residencia o habitación en el país (original y fotocopia certificada).
  • Personas de existencia ideal de carácter privado
  • Contrato social, estatuto o constancia del organismo estatal de contralor de las personas jurídicas o de cualquier otro organismo estatal del que resulte el domicilio del titular o adquirente (en original y fotocopia certificada).
  • Instrumento emanado por Escribano Público del que resulte el domicilio legal, del cual da fe por haber tenido la documentación (Contrato social, estatuto, etc.) a la vista o por constarle ese hecho.
  •  Personas jurídicas de cáracter privado
  • Constancia suscripta (debidamente certificada) por la persona autorizada para representar a la entidad.

Guarda habitual para personas físicas y jurídicas

  • Acta notarial en la que el titular de dominio, o el adquirente que posea un Formulario “08” en condiciones de ser inscripta, declaren bajo juramento que el lugar que denuncian, que detallarán debidamente, es la real guarda del automotor cuya inscripción o radicación solicitan, y manifiesten en qué carácter hacen uso del referido lugar y expongan las razones por las cuales dicha guarda difiere de su domicilio.
  • Documentos que acrediten el carácter invocado para hacer uso del lugar denunciado como guarda habitual (v.g. título de propiedad, escritura de usufructo, contrato de locación o sus respectivos recibos de pago e informe del dominio del Registro de la Propiedad Inmueble para acreditar la titularidad del locador, u otro documento fehaciente). Asimismo se presentará una fotocopia de los documentos certificados.
  •  En caso de condominio en la adquisición fijarán la radicación los condóminos que individual o conjuntamente fuesen titulares de más del 50% del dominio. En caso de que los porcentajes sean similares, los condóminos elegirán de común acuerdo quién fijará la radicación; todos los condóminos deberán expresar su conformidad por escrito.

Dato importante
En el caso de que la transferencia no sea presentada por el titular, el representante legal del titular o un apoderado, quien presente el trámite deberá presentar Formulario 59 y DNI.

Puede realizar el trámite en el registro seccional más cercano a su domicilio.



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