Quien Paga la Tasa 790 Código 062

La tasa 790 Código 062 es un impuesto que debe ser pagado por aquellas personas que realizan determinados trámites en línea. Esta tasa se aplica en España y su importe varía según el tipo de procedimiento a realizar. En este artículo explicaremos en detalle quién debe pagar esta tasa y cómo realizar el pago de manera correcta. También abordaremos las dudas y preguntas más frecuentes relacionadas con este tema. ¡Sigue leyendo para conocer todo sobre la tasa 790 Código 062!

¿Quiénes deben pagar la tasa 790 Código 062?

La tasa 790 Código 062 es una tasa que deben pagar todas aquellas personas que realicen trámites online en España a través de la plataforma de la Administración General del Estado (AGE). Esto incluye tanto a ciudadanos españoles como a extranjeros que necesiten hacer algún tipo de gestión en el país.

Los trámites que requieren el pago de esta tasa están contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Entre ellos se encuentran la expedición de documentos, trámites relacionados con extranjería, visados, autorizaciones de residencia y trabajos, entre otros.

Es importante tener en cuenta que esta tasa se aplica a trámites realizados exclusivamente a través de la plataforma de la AGE. Si el trámite se realiza de manera presencial en una oficina de la Administración, no es necesario pagar la tasa 790 Código 062.

¿Cómo realizar el pago de la tasa 790 Código 062?

El pago de la tasa 790 Código 062 se realiza de manera electrónica a través de la web de la Agencia Tributaria mediante la utilización de una tarjeta de crédito o débito. Para ello, es necesario tener a mano la referencia de la tasa que se desea pagar, que se encuentra en el documento donde se solicita el trámite.

Una vez en la página de la Agencia Tributaria, se debe seleccionar la opción correspondiente a la tasa 790 Código 062 y rellenar los datos solicitados. Es importante asegurarse de escribir correctamente todos los datos y verificar que la referencia de la tasa es la correcta antes de proceder al pago.

Una vez realizado el pago, se generará el correspondiente comprobante que se debe guardar como justificante del mismo. Este documento será necesario mostrarlo en caso de ser requerido por la Administración.

Preguntas frecuentes sobre la tasa 790 Código 062

¿Cómo puedo saber si el trámite que voy a realizar requiere el pago de la tasa 790 Código 062?

La tasa 790 Código 062 suele estar especificada en el documento o formulario que se utiliza para solicitar el trámite. Si tienes dudas, siempre puedes consultar en la oficina de la Administración correspondiente o en la página web de la AGE.

¿Puedo solicitar el reembolso de la tasa 790 Código 062 si mi trámite es denegado?

No, el pago de la tasa 790 Código 062 no se reembolsa en caso de que el trámite sea denegado. Esta tasa cubre los gastos administrativos del proceso, independientemente del resultado del mismo.

¿Hay algún descuento o exención para el pago de la tasa 790 Código 062?

Sí, en algunos casos existen descuentos o exenciones en el pago de esta tasa. Por ejemplo, para personas con discapacidad, familias monoparentales o en situación de desempleo. Es importante consultar la normativa correspondiente para conocer los requisitos y beneficios aplicables en cada caso.

¿Puedo aplazar o fraccionar el pago de la tasa 790 Código 062?

Sí, es posible solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago de la tasa 790 Código 062. Para ello, se debe presentar una solicitud en la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social o a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Conclusión

Ahora ya conoces quiénes deben pagar la tasa 790 Código 062, cómo realizar su pago y algunas preguntas frecuentes relacionadas con este impuesto. Recuerda que es importante estar informado y seguir correctamente los procedimientos para evitar problemas durante la realización de trámites en línea. En caso de tener dudas, siempre puedes acudir a la oficina de la Administración correspondiente o buscar información actualizada en la página web oficial de la AGE. ¡No dejes de cumplir con tus obligaciones tributarias y realiza tus trámites en línea de manera correcta!

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