fraccionar el ITP SIN RECARGO

Fraccionar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) sin recargo es una opción que permite a los contribuyentes españoles pagar este impuesto de forma aplazada y sin tener que pagar intereses adicionales. Este fraccionamiento se aplica principalmente en la compra de viviendas o inmuebles y consiste en dividir el pago del ITP en varias cuotas a lo largo de un plazo determinado, generalmente de hasta cinco años.

Para poder beneficiarse de esta opción, el contribuyente debe solicitarlo en el momento de la presentación de la declaración del ITP y aportar una serie de documentos, como el contrato de compraventa o la escritura de propiedad del inmueble. Además, el pago debe realizarse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de presentación de la solicitud y las cuotas deben ser iguales y sucesivas.

SITIOS WEB

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.mpt.es

Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es

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