Articulo 120.3 Ley General Tributaria

El artículo 120.3 de la Ley General Tributaria (LGT) de España se refiere al régimen especial de declaraciones tributarias del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Entre los requisitos establecidos para poder acogerse a este régimen especial, destacan el hecho de que el contribuyente no puede haber obtenido simultáneamente rentas de trabajo de dos o más pagadores o haber percibido pensiones compensatorias o anualidades por alimentos. Además, el total de las rentas del trabajo no puede superar los 22.000 euros anuales, y es necesario que únicamente se hayan obtenido rentas de trabajo sujetas a retención o ingreso a cuenta.

En resumen, el artículo 120.3 de la LGT establece un régimen especial para aquellos contribuyentes cuyas rentas del trabajo anuales no superen los 22.000 euros y provengan de un único pagador, permitiéndoles no presentar la declaración del IRPF siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones. Este régimen pretende simplificar el proceso de declaración y pago del impuesto para aquellos contribuyentes con rentas del trabajo más reducidas.

SITIOS WEB

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

TRÁMITES RELACIONADOS


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *