Tipos de visado para viajar a Estados Unidos
Existe una gran variedad de visados para viajar a Estados Unidos pudiendo acceder al país con los permisos correspondientes por un período determinado de tiempo. Haremos, en primer lugar, alusión a la visas de los no inmigrantes.
Visas para los no inmigrantes
De acuerdo con la página Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, perteneciente al Sitio Web Oficial del Departamento de Seguridad Nacional, estas visas se otorgan a los extranjeros que desean estar en el país sólo temporalmente.
El período varía para diferentes clasificaciones de no inmigrante. Existen más de 40 categorías para este tipo de visas. Cada una se usa para un propósito diferente y específico.
Por ejemplo, algunas autorizan para trabajar temporalmente, otras les permiten a los turistas visitar el país y, así, sucesivamente.
Si el motivo original por el que se ingresó al país cambia, se debe cambiar es estatus de no inmigrante a un estatus diferente, antes de que se pueda empezar a ejercer legalmente las actividades deseadas.
Ahora, la página del Departamento de Estado, ofrece la información detallada sobre todos los tipos de visados para no inmigrantes.
- Visas para negocios (B-1).
- Turismo o visitas a familiares (B-2).
- Combinación de los dos propósitos anteriores (B-1/B-2).
Para estos 3 casos, es necesario visitar el sitio web de la Embajada o Consulado de EEUU del respectivo país del interesado.
No obstante, existen pasos estandarizados necesarios sobre los cuales ilustra suficientemente el Sitio Web del Departamento de Estado, especificando cuales se pueden adelantar on line.
Visas para Estudios
- B-1/B-2, si se viaja por turismo, pero se desea tomar un curso recreativo corto.
- F, si se trata de estudiar en un programa académico.
- M, para cursos cortos no académicos como, por ejemplo, gastronomía, floristería y demás.
Visas para Programas de Intercambios educativos y culturales
Para estos casos, se debe obtener la visa J-1.
Visas para Trabajadores Temporales
- “H”, para quienes pretenden vivir y trabajar por un tiempo determinado en el país.
- “L”, si una persona trabaja en una empresa en su país y debe ser transferido a los Estados Unidos, hacia una filial o subsidiaria, debe obtener esta visa.
- “O”, para personas con grandes aptitudes en ciencias, negocios, educación, artes y demás.
- “P”, para deportistas y artistas que pretenden vivir y trabajar en el país temporalmente.
Visa Temporal para Trabajadores Religiosos
La organización religiosa de estar legalmente autorizada en los Estado Unidos.
“R”, se otorga para quienes deseen trabajar temporalmente para este tipo de organizaciones. La respectiva organización debe formular previamente una solicitud ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía.
En el Sitio Oficial Travel.State.Gov se obtiene un completo compendio de todos los pasos a seguir.
Visas para Empleados Domésticos
Los visados disponibles para empleados domésticos son:
- “B-1”, debe ser solicitada por los empleados que acompañen a sus empleadores que visitan temporalmente al país, siempre y cuando tengan una visa de tipo “B”, “E”, ”F”, ”H” y otras.
- “A-3”, la debe solicitar el empleado (en las mismas circunstancias del ítem anterior), siempre y cuando tenga la visa “A”.
- “G-5”, se debe solicitar, siempre que se tenga la visa “G”.
Visas para Tripulantes en Tránsito
Las visas para tripulantes en tránsito son:
- “C-1”, se le otorgan a los empleados de aerolíneas o cruceros que viajan al país para trabajar en las compañías aéreas o dueñas de embarcaciones.
- “D”, para los tripulantes que entran y salen del país continuamente como miembros de una tripulación.
Visas para Inversionistas y Representantes Comerciales
Es importante tener presente que este tipo de visas dependen, en varios aspectos, de los Tratados Internacionales que haya celebrado Estados Unidos con el país de origen del interesado.
Para ilustrarse al respecto, es recomendable visitar la página oficial Travel.State.Gov del Sitio del Departamento de Estado. No obstante, están estandarizadas los siguientes visados.
- “E-1”, para los representantes comerciales.
- “E-2”, para inversionistas.
Visas para Medios de Comunicación
Para medios de comunicación se utiliza la visa “I” que se les otorga a los representantes de prensa, radio, televisión o cualquier otro medio de comunicación.
Visas para Funcionarios Diplomáticos y Oficiales de Gobiernos y Organismos Internacionales
Se otorgan las visas “A-1”, “A-2”, “G-1”, “G-2”, “G-3”, “G-4” y “C-3”.
Visas de inmigrantes
Ahora, en lo que respecta a las visas de inmigrantes, es recomendable acudir a la página “Travel.State.Gov” del “Sitio Oficial del Departamento de Estado”, mediante la URL http://travel.state.gov/content/dam/visas/I-601AProvisionalWaiver/Proceso_de_visa_de_inmigrante_recoleccion_de_cuota.pdf .
Enlaces de Interés
- Empleados Domésticos (B1, A-3, G-5)
- Miembros de Tripulación (C1,D)
- Inversionistas (E1, E2)
- Prensa y Medios de Comunicación (I)
- Diplomáticos y Oficiales (A, G, C-3)
- Tráfico de Personas y Victimas de Crímenes (S,T,&U
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