Si Cobra Prestaciones pero encuentra Trabajo como Autónomo

Si Cobra Prestaciones pero encuentra Trabajo como Autónomo tendrás un plazo de 60 días, durante este periodo la prestación se congelará pero si sobrepasas este periodo la prestación se extinguirá para siempre.

Requisitos Necesarios Para Reanudar una Vez se Congela la Prestación

Los requisitos necesarios para reanudar una vez se congela la prestación y se finaliza el periodo de trabajo como autónomo son los siguientes.

  • Si el trabajo por cuenta propia ha sido inferior a 24 meses, siendo indiferente que se haya causado alta como trabajador por cuenta propia encuadrado dentro de alguno de los Regímenes de la Seguridad Social
  • Si la duración del trabajo por cuenta propia ha sido superior a 24 meses e inferior a 60 meses y acredita haber causado alta como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar

Si tiene estos requisitos previamente mencionados entonces si que podrá volver a reactivar su Prestación para el Trabajo como Autónomo. Debe saber que la prestación se extingue en los casos en los que se verifique lo siguiente.

  • Si el trabajo por cuenta propia es de duración igual o superior a 60 meses
  • Si siendo el trabajo por cuenta propia de duración igual o superior a 24 meses e inferior a 60 meses, el trabajador no causó alta durante su desarrollo como trabajador por cuenta propia en alguno de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social

En los anteriores casos mencionados deberá solicitar reanudar la prestación en un plazo aproximado de 15 días, si este plazo vence el pago también vencerá.

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