Servicios que Deben Prestar las Empresas de Seguridad Privada

El Ministerio del Interior nos expone brevemente los Servicios que deben prestar las empresas de Seguridad Privada.

Servicios de Empresas de Seguridad Privada

Las empresas de seguridad privada únicamente podrán prestar servicios sobre las siguientes
actividades:

  • La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos
    como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los
    mismos.
  • El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas
    las que ostenten la condición legal de autoridad.
  • El depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores,
    joyas, metales preciosos, antigüedades, obras de arte u otros objetos que, por su
    valor económico, histórico o cultural, y expectativas que generen, puedan requerir
    vigilancia y protección especial.
  • El depósito y custodia de explosivos, armas, cartuchería metálica, sustancias, materias,
    mercancías y cualesquiera objetos que por su peligrosidad precisen de vigilancia
    y protección especial.
  • El transporte y distribución de los objetos a que se refieren los dos párrafos anteriores.
  • La instalación y mantenimiento de aparatos, equipos, dispositivos y sistemas de
    seguridad conectados a centrales receptoras de alarmas o a centros de control o
    de videovigilancia.
  • La explotación de centrales para la conexión, recepción, verificación y, en su
    caso, respuesta y transmisión de las señales de alarma, así como la monitorización
    de cualesquiera señales de dispositivos auxiliares para la seguridad de personas,
    de bienes muebles o inmuebles o de cumplimiento de medidas impuestas,
    y la comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes en
    estos casos.

Enlace | Empresas de Seguridad Privada



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