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Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

El Ministerio de Trabajo e Inmigración (MIR) permite obtener la Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena a los ciudadanos de origen extranjero.

Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena :

La autorización por residencia temporal y trabajo en su primera demanda tendrá una duración inicial de un año y podrá limitarse a a un ámbito geográfico y sector de actividad determinado.

Requisitos :

a) Que la situación nacional de empleo permita la contratación del trabajador extranjero.

b) Garantizar al trabajador una actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización para residir y trabajar.

c) La empresa contractante debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como al corriente de sus obligaciones con la seguridad social.

d) Las condiciones fijadas en la oferta de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente para la misma actividad, categoría profesional y localidad.

e) La titulación del trabajador debe estar homologada o acreditar la capacitación para su contratación.

f) Inexistencia de antecedentes penales por parte de los trabajadores a contratar.

g) Que los trabajadores no esten ilegalmente en España.

Documentación a aportar para solicitar la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena :

-Modelo oficial EXO1

-Autorización de Residencia EXO2

-DNI,Cif de la Empresa que contrata.

-Contrato de trabajo o oferta de trabajo según modelo oficial establecido.

-Copia del pasaporte o documento de viaje del extranjero vigente en España.

-Titulación del Ciudadano extranjero.



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