Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
El Ministerio de Trabajo e Inmigración (MIR) permite obtener la Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena a los ciudadanos de origen extranjero.
Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena :
La autorización por residencia temporal y trabajo en su primera demanda tendrá una duración inicial de un año y podrá limitarse a a un ámbito geográfico y sector de actividad determinado.
Requisitos :
a) Que la situación nacional de empleo permita la contratación del trabajador extranjero.
b) Garantizar al trabajador una actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización para residir y trabajar.
c) La empresa contractante debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como al corriente de sus obligaciones con la seguridad social.
d) Las condiciones fijadas en la oferta de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente para la misma actividad, categoría profesional y localidad.
e) La titulación del trabajador debe estar homologada o acreditar la capacitación para su contratación.
f) Inexistencia de antecedentes penales por parte de los trabajadores a contratar.
g) Que los trabajadores no esten ilegalmente en España.
Documentación a aportar para solicitar la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena :
-Modelo oficial EXO1
-Autorización de Residencia EXO2
-DNI,Cif de la Empresa que contrata.
-Contrato de trabajo o oferta de trabajo según modelo oficial establecido.
-Copia del pasaporte o documento de viaje del extranjero vigente en España.
-Titulación del Ciudadano extranjero.
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