www.agenciatributaria.es 0PCION BORRADOR
Para acceder al borrador, es necesario disponer de un certificado electrónico o Cl@ve PIN, que son las herramientas de identificación y autenticación que ofrece la Agencia Tributaria para realizar trámites a través de su página web. También se puede solicitar mediante el número de referencia que aparece en el correo postal enviado por la Agencia para la campaña de renta.
Es importante tener en cuenta que el borrador sólo incluye ciertos tipos de rentas y no tiene en cuenta posibles deducciones o reducciones que puedan aplicar al contribuyente, por lo que es recomendable revisarlo detenidamente antes de confirmarlo. Además, hay que recordar que la solicitud del borrador no supone la presentación de la declaración, por lo que ésta deberá realizarse dentro del plazo establecido por la Agencia Tributaria.