valor casilla 620 de 2010
Entre los rendimientos exentos que se deben incluir en la casilla 620 están los relacionados con indemnizaciones por despido o cese del trabajador, becas para estudios reglados, prestaciones por enfermedad o accidente, entre otros. Es importante tener en cuenta que estos rendimientos deben estar correctamente justificados y en caso de que superen los límites establecidos por la ley, deben ser declarados en la casilla correspondiente y, por tanto, tributar.