Unidad Familiar en el IRPF

La Agencia Tributaria nos explica para efectuar la Declaración de la Renta, La Unidad Familiar en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Unidad Familiar en el IRPF :

De acuerdo con el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) existen 2 modalidades de unidad familiar:

a) En caso de Matrimonio: compuesto por los conyuges no separados legalmente y si los hubiere :

1)Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de éstos.

2) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

b) En defecto de matrimonio o en los casos de separación legal: la unidad familiar esta formada por : por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad 1ª anterior.

Importante :

-Cualquier otra agrupación familiar, distinta de las anteriores, no constituye unidad familiara efectos del IRPF.
-Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
-La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año.

Enlace | Unidad Familiar en el IRPF

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *