tributación agrupaciones de interés econóico españolas
Además, en términos de IVA, las agrupaciones de interés económico tienen un tratamiento fiscal similar al de las sociedades, ya que están obligadas a repercutir el IVA en las operaciones que realicen y a soportarlo en las que adquieran. Sin embargo, también existen supuestos en los que pueden acogerse a un régimen especial de IVA, como por ejemplo en el caso de prestación de servicios profesionales o en la actividad de explotación de bienes de inversión.