tratamiento en el irpf del recargo equivalencia iva

El recargo de equivalencia del IVA es un impuesto que se aplica en España a determinados comerciantes minoristas que no pueden deducir el IVA de las compras que realizan. En este sentido, el recargo de equivalencia es un mecanismo de recaudación simplificado que permite al comerciante minorista no tener que presentar declaraciones de IVA trimestrales, ya que el impuesto se recauda a través de la factura directamente al consumidor final.

Sin embargo, en el caso de los comerciantes que tributan en el régimen de estimación objetiva o de módulos, el recargo de equivalencia no se incluye en la base imponible del IRPF. Esto se debe a que en este régimen la base imponible se calcula de forma estimada en función de unos índices o módulos que vienen determinados por la actividad del comerciante y no se tiene en cuenta el IVA o cualquier otro impuesto indirecto.

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