Tratamiento del Devengado
En el caso de los rendimientos del trabajo, se consideran devengados cuando se han realizado o se han puesto a disposición del contribuyente, es decir, cuando ha surgido la obligación de pagarlos. Por ejemplo, si una persona recibe su salario en enero pero corresponde al mes anterior, este rendimiento se imputará al mes en el que se ha devengado, es decir, al mes anterior.
En resumen, el tratamiento del devengado en el IRPF busca que los ingresos y gastos se imputen al periodo impositivo en el que se han generado, independientemente de cuándo se hayan cobrado o pagado, con el objetivo de reflejar la verdadera situación económica del contribuyente en dicho periodo.