titularidad 4 en irpf
En estos casos, la legislación española establece que cada uno de los titulares debe declarar y pagar su parte proporcional de impuesto sobre las rentas que reciba. Es decir, se asigna a cada titular una cuota correspondiente a su parte de la fuente de renta.
Este tipo de titularidad suele darse en casos de comunidades de bienes, acciones o participaciones de una empresa que pertenecen a varios socios o en el ámbito familiar, como en el caso de padres e hijos que comparten una propiedad. En estos casos, se considera que los titulares tienen un interés conjunto en la fuente de renta y, por lo tanto, son responsables solidarios del pago del impuesto.