tipo de interes para deudas en ayintamiento
La aplicación del tipo de interés se diferencia según el tipo de deuda que se mantenga con el ayuntamiento. En primer lugar, tenemos las deudas tributarias, que incluyen el IBI, impuestos sobre actividades económicas, entre otros. En estos casos, el tipo de interés se aplica desde el momento en que se produce el impago, y es del 3,75% anual. Además, este interés se va acumulando mes a mes, por lo que a medida que pasa el tiempo, la deuda se va incrementando.
Es importante tener en cuenta que, en algunos casos, el ayuntamiento puede aplicar medidas de apremio para el cobro de estas deudas, lo que supone un incremento en los intereses y recargos por demora. Por ello, es importante tratar de evitar retrasos en el pago de impuestos y otros tributos para evitar mayores costes en forma de intereses.