tengo que declarar 3 meses cobrados de la empresa en ere si ella no ha declarado
Si la empresa no ha declarado estos pagos en el modelo correspondiente, es responsabilidad del trabajador o beneficiario de los mismos hacerlo en su propia declaración de la renta. En este caso, deberá consignar el importe percibido como un rendimiento del trabajo, siguiendo las mismas normas y criterios que se aplican en las declaraciones de rendimientos del trabajo ordinarios.
En resumen, si se han percibido pagos de una empresa en situación de ERE y dicha empresa no los ha declarado, es responsabilidad del trabajador declararlos en su declaración de la renta, siguiendo las mismas normas que se aplican a cualquier otro rendimiento del trabajo. En caso de duda, siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria para asegurarse de cumplir correctamente con las obligaciones fiscales.