tasa por presentacionprueba evaluadora servicio especifico de admision
Esta tasa debe ser abonada antes de la realización de la prueba evaluadora y su importe se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. De igual manera, existen ciertas exenciones y bonificaciones para determinados colectivos, como personas con discapacidad o familias numerosas, con el objetivo de favorecer el acceso a estos servicios públicos. En definitiva, la «tasa por presentación de prueba evaluadora de servicio específico de admisión» es un impuesto que permite financiar los costos de gestión y evaluación de estos procesos de acceso a servicios específicos.