Subsanación Desistimiento Tácito por Falta Aportación Documentación en Plazo

El término de «Subsanación Desistimiento Tácito por Falta Aportación Documentación en Plazo» se refiere a una situación en la que un contribuyente ha sido requerido por la Administración Tributaria para aportar ciertos documentos e información en un plazo determinado, pero no cumple con dicha obligación. En este caso, la ley permite que la Administración pueda proceder al desistimiento tácito del procedimiento iniciado, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

Para que se produzca este desistimiento tácito, es necesario que la Administración haya notificado al contribuyente el requerimiento para aportar la documentación en un plazo determinado y que este plazo haya transcurrido sin que se haya cumplido con dicha obligación. Además, es importante que el contribuyente haya sido informado debidamente sobre las consecuencias del incumplimiento de esta obligación.

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