subarriendo o trapaso
En cuanto a la tributación, el subarrendador debe declarar los ingresos obtenidos en concepto de alquiler en su declaración de IRPF anual. Además, deberá aplicar un tipo impositivo correspondiente a la actividad de arrendamiento de inmuebles, que puede oscilar entre el 19% y el 23%. Por otro lado, también podrá deducir los gastos asociados al subarriendo, como por ejemplo los gastos de mantenimiento del inmueble o los honorarios de gestión del alquiler. Sin embargo, no serán deducibles los gastos de mejora o ampliación del inmueble, ya que estos son responsabilidad del propietario.