Solicitar Borrador por Correo
Una vez cumplimentado el formulario, la AEAT enviará el borrador a la dirección postal indicada por el contribuyente en un plazo de 5 días hábiles. Es importante tener en cuenta que, si se solicita el borrador por correo, no se podrá realizar la confirmación del mismo a través del sistema Renta WEB. Por lo tanto, si se desea confirmar el borrador, será necesario imprimirlo, firmarlo y enviarlo de vuelta por correo postal.
En resumen, solicitar el borrador por correo postal es una opción cómoda y sencilla para aquellos contribuyentes que prefieren tener el documento en formato físico. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este método implica tener que realizar posteriormente la confirmación del mismo por correo o de forma presencial en las oficinas de la AEAT.