si tengo devolucion eccedentes de fonasa

Cuando se realiza la declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) en España, uno de los aspectos que se deben tener en cuenta es el de los excedentes de cotización en FONASA (Fondo Nacional de Salud). Estos excedentes pueden generar una devolución a favor del contribuyente, aunque también es importante tener en cuenta algunas consideraciones.

Sin embargo, es necesario tener en cuenta que esta devolución solo se aplica a los contribuyentes que no son residentes fiscales en España. Es decir, aquellos que no han permanecido en el país más de 183 días durante el año fiscal. En caso de cumplir con este requisito, la devolución se aplicará en la declaración del IRPF correspondiente.

En resumen, si se han pagado excedentes de cotización en FONASA y se cumplen con los requisitos de residencia fiscal y de deducibilidad del gasto, se puede solicitar una devolución en la declaración del IRPF. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos excedentes pueden ser compensados con otros ingresos sujetos a impuestos. Por ello, es recomendable contar con la asesoría de un experto en materia fiscal para aprovechar al máximo las deducciones y beneficios fiscales a los que se tiene derecho.

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