Sepelio
Entre los gastos que se consideran deducibles en el apartado de sepelio se encuentran el ataúd o urna, la preparación del cuerpo, el traslado dentro del territorio nacional, la ceremonia y el entierro o incineración. También se pueden incluir los gastos de flores y coronas, siempre y cuando no superen el 5% del importe total de los gastos de sepelio.
En definitiva, los gastos de sepelio pueden ser deducibles en la declaración de IRPF en España, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria y se tengan los justificantes correspondientes. Esta deducción puede ser de utilidad para aliviar en parte los gastos derivados de un fallecimiento y hacer frente a este difícil momento de forma más económica.