Separación de Socios Rendic-Unimarc
El debate se centró en si dichos gastos debían considerarse como un gasto asociado a la adquisición de las acciones o como parte del patrimonio ganancial que debía ser repartido entre los cónyuges en caso de separación. Finalmente, el Tribunal Supremo dictaminó que los gastos debían ser considerados como parte del patrimonio ganancial, por lo que debían ser repartidos entre ambos socios en caso de separación.