Rentas no sometidas a ingresos a cuenta
También se consideran rentas no sometidas a ingresos a cuenta los rendimientos del trabajo con una cuantía inferior a 2.000 euros anuales, siempre que no se trate del único pagador. En este caso, el trabajador deberá incluir estos ingresos en su declaración anual y el impuesto se liquidará en función de sus ingresos totales del año.