rentas imputables inmobiliarias
En cuanto a su tributación, las rentas imputables inmobiliarias se incluyen en la base general del IRPF y se liquidan al tipo impositivo correspondiente según los ingresos totales del contribuyente. Sin embargo, existen ciertas deducciones y exenciones que podrán aplicarse a estas rentas dependiendo de la situación del contribuyente y del uso que se le dé al inmueble. Por ejemplo, los contribuyentes podrán deducir los gastos derivados de la adquisición y mantenimiento del inmueble, así como las amortizaciones y gastos financieros generados por el mismo.