renta mesas de jurado
Sin embargo, cuando el ciudadano es seleccionado para formar parte del jurado pero no llega a participar en el juicio por haber sido excluido o por haber sido declarado en rebeldía, no tendrá derecho a percibir la «renta mesas de jurado». Además, en caso de que el ciudadano tenga un sueldo o pensión superior a 3.000 euros brutos al mes, deberá renunciar a la dieta y ésta se destinará a la asistencia jurídica gratuita.