renta 2013 indemnizacion por ere

En el marco de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España, resulta relevante entender cómo se trata fiscalmente la indemnización por extinción de contrato de trabajo, en aquellos casos en los que se produce por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

En el caso específico de un ERE, la indemnización por extinción del contrato de trabajo estará exenta hasta un límite máximo de 180.000 euros, siempre que la extinción del contrato de trabajo se produzca por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor, y el expediente haya sido autorizado por la autoridad laboral. Además, en caso de que la extinción se produzca por causas no económicas, la exención será de 300.000 euros.

Es importante tener presente que, en caso de tener que tributar por la indemnización recibida por extinción del contrato de trabajo en un ERE, se aplicará un tipo reducido del 30% en la base imponible del IRPF, que irá aumentando un 2% por cada ejercicio que se distribuya la indemnización, hasta el tipo máximo del IRPF del 45%.

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