Rendimientos de Trabajo Pendientes de Resolucion
En el caso de España, estos rendimientos se consideran como provisionales durante el año fiscal en el que se han generado, ya que su cuantía todavía no es definitiva hasta que se resuelva la controversia. Por lo tanto, su inclusión en la declaración de la renta se realiza en base a la información disponible en ese momento, pero se declararán de forma efectiva en el año fiscal correspondiente a su resolución.