rendimientos de capital mobiliario no sujetos a retención o ingreso a cuenta dón de los pongo en la
Otra exención común es la de los dividendos o participaciones en beneficios de sociedades, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, como no superar los 1.500 euros anuales en su conjunto y no ser una sociedad cotizada en bolsa.
En caso de que se obtengan rendimientos de capital mobiliario no sujetos a retención o ingreso a cuenta, estos deberán ser incluidos en la base imponible del IRPF y tributarán a la tarifa correspondiente según el tipo de rendimiento obtenido.