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Los rendimientos de capital inmobiliario en el IRPF 2013 se refieren a los ingresos obtenidos por la propiedad o alquiler de viviendas. Estos rendimientos deben declararse en la base imponible del ahorro, en la que se incluyen todos los ingresos que no provienen del trabajo, como los intereses de cuentas bancarias o acciones.

Sin embargo, si el propietario recibe una subvención pública para el alquiler de la vivienda, esta cantidad no se considera como rendimiento de capital inmobiliario, por lo que no está sujeta a tributación en el IRPF.

Es importante tener en cuenta que en el caso de las viviendas arrendadas a corto plazo, como pueden ser los alquileres vacacionales, los rendimientos se consideran como rendimientos de actividad económica y no como rendimientos de capital inmobiliario, por lo que se deben declarar en la base imponible general y no en la del ahorro. En este caso, se podrán deducir todos los gastos necesarios para la actividad, como el IVA, el Impuesto de Actividades Económicas y otros gastos relacionados. En resumen, los rendimientos de capital inmobiliario por viviendas arrendadas en el IRPF de 2013 deben declararse teniendo en cuenta todos los ingresos y gastos relacionados con la propiedad y el alquiler, siguiendo las normas establecidas por la Agencia Tributaria.

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