Reinversion Vivienda Habitual+Amortizacion
– La nueva vivienda adquirida debe ser destinada a ser la residencia habitual del contribuyente, por lo menos durante los dos próximos años contados a partir de la fecha de adquisición.
Además de la reinversión en una nueva vivienda, también se puede destinar parte de la ganancia patrimonial a la amortización del préstamo hipotecario de la nueva vivienda, siempre que se cumplan los mismos requisitos mencionados anteriormente. En este caso, la reinversión y la amortización deben suponer en conjunto al menos el 50% de la ganancia patrimonial obtenida.