Reducción General por Obtencion de Rendimientos del Trabajo
El importe de esta reducción es variable y se determina en función de la cuantía de los rendimientos del trabajo obtenidos por el contribuyente. Por lo general, se aplica una reducción del 30% sobre los primeros 12.450 euros de rendimientos del trabajo, lo que equivale a una disminución de 3.735 euros en la base imponible. Sin embargo, este porcentaje puede variar en función del nivel de ingresos del contribuyente y de los casos particulares que pueden ser objeto de otras deducciones o reducciones.