reducción declarada de losrendimientos de trabajo
La reducción declarada de los rendimientos de trabajo se puede aplicar de forma genérica, en cuyo caso se aplica un porcentaje fijo establecido por la ley, o de forma específica, en cuyo caso el contribuyente debe justificar de forma documental la existencia de mayores gastos que le hacen merecedor de una mayor reducción. Estos gastos pueden ser por ejemplo los derivados de la formación para el desempeño del trabajo, los gastos de diversa índole (alimentación, vestimenta, transporte, etc.) o las cuotas de sindicatos y colegios profesionales.