rectificar el borrador ya confirmado
La Agencia Tributaria permite realizar modificaciones en el borrador confirmado mediante dos vías: la presentación de una declaración complementaria a través de internet, utilizando el programa Renta Web o a través de la presentación de una declaración modificada en papel. En ambos casos, es necesario señalar en la casilla correspondiente que se trata de una declaración complementaria.
En resumen, rectificar un borrador ya confirmado es posible a través de la presentación de una declaración complementaria y puede ser una opción para corregir errores o inexactitudes en los datos proporcionados inicialmente, pero es importante tener en cuenta las consecuencias que esto puede tener en el resultado final de la declaración y la necesidad de disponer de la documentación de respaldo adecuada.