"no Residente" Borrador

El término «no residente» hace referencia a aquellas personas que no tienen una residencia en España y, por tanto, no tienen obligación de tributar en el país por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, pueden estar sujetos al impuesto por sus ingresos obtenidos en territorio español.

Para solicitar el borrador, es necesario que el contribuyente obtenga un certificado de residencia fiscal emitido por su país de origen, ya que este documento acredita que no es residente en España y, por tanto, no está obligado a tributar por el IRPF. Una vez se tenga este certificado, se debe solicitar el borrador a través de la página web de la Agencia Tributaria o en cualquier oficina de la misma.

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