Que no Constituyen Hechos Imponible
1. Ingresos exentos: Hay ciertos ingresos que, por ley, están exentos de pagar IRPF. Por ejemplo, las becas de estudio, las indemnizaciones por despido, las prestaciones por desempleo, entre otros.
3. Rentas vitalicias: Las rentas vitalicias son consideradas como un seguro de vida y están exentas de IRPF hasta cierto límite, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley.
5. Prestaciones por enfermedad o accidente: Las prestaciones por incapacidad temporal o permanente derivadas de una enfermedad o accidente no están sujetas a IRPF.