providencia de apremio devolución del recargo
En el caso de la devolución del recargo del IRPF, se establece un plazo de 30 días para realizar el pago. Si transcurrido este plazo no se ha realizado el pago o se han presentado alegaciones, la administración procederá a la ejecución del embargo. Esto significa que se pueden embargar bienes del contribuyente como cuentas bancarias, vehículos o inmuebles, para satisfacer la deuda pendiente.