PÉRDIDAS POR DETERIORO DE DEUDORES
En el caso de que se trate de un deudor que pertenezca a un grupo de sociedades, la deducibilidad de la pérdida por deterioro de deudores estará sujeta a ciertas restricciones y deberá cumplirse con los requisitos establecidos para las operaciones vinculadas. Además, en situaciones de insolvencia judicialmente declarada, la deducibilidad de dichas pérdidas estará condicionada a la aprobación por parte del juez del estado de insolvencia del deudor.