Porcentaje Ingreso a Cuenta Sociedades
El PIC se debe ingresar en dos plazos durante el año: el primer pago se realiza en el mes de abril y equivale al 18% del importe total del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio anterior. El segundo pago se realiza en octubre y corresponde al resto del impuesto que falte por pagar, dependiendo de la cuota del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso. Es importante mencionar que el PIC no es una cuota independiente del Impuesto sobre Sociedades, sino que se considera un pago a cuenta del mismo. Por lo tanto, en la declaración del Impuesto sobre Sociedades, el contribuyente puede deducir el importe ya pagado en concepto de PIC.