Por ganancias patrimoniales, incluidos premios
El tratamiento fiscal de estos premios, depende de su cuantía y la naturaleza del mismo. En caso de que el premio sea en forma de dinero, se considerará como una ganancia patrimonial y estará sujeta a una retención del 20% que será practicada por la entidad que efectúe el pago. Sin embargo, si el premio se recibe en especie, es decir, en bienes o derechos, se deberá valorar el premio según una serie de criterios establecidos por la ley y tributar por su valor de mercado.