PERSONAL NO ASALARIADO EN IRPF

En la legislación española, se considera como personal no asalariado en IRPF a todas aquellas personas físicas que obtengan rentas que no procedan de una relación laboral con una empresa o empleador. Dentro de este grupo se incluyen, por ejemplo, los autónomos, profesionales y empresarios individuales.

Uno de los aspectos más relevantes a tener en cuenta para el cálculo de la base imponible del IRPF en el caso de los personal no asalariado, es el criterio de caja. Este criterio consiste en que los ingresos y gastos se deben imputar en el momento en que se perciben o realizan efectivamente, respectivamente. Es decir, no se tiene en cuenta la fecha de facturación.

En conclusión, el personal no asalariado en IRPF tiene unas características fiscales propias que deben tener en cuenta para cumplir con sus obligaciones tributarias. Además, son sujetos a un régimen de autoliquidación en el que tienen la responsabilidad de declarar sus ingresos y gastos de manera correcta y veraz ante la Agencia Tributaria.

Publicaciones Similares

Entradas 1 a 3 de 6

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *