PARTE IRPF DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE RESIDENCIA DEL CONTRIBUYENTE
La capacidad de cada Comunidad Autónoma de establecer sus propias tarifas del IRPF viene determinada por la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas, que establece que cada región puede disponer de una parte del IRPF que oscila entre el 50% y el 100% del total del impuesto. Esta flexibilidad permite a cada Comunidad Autónoma adaptar su fiscalidad a las necesidades y características de su territorio.
Además de la parte del IRPF gestionada por la Comunidad Autónoma, existe también una parte estatal del impuesto que se recauda y gestiona a nivel nacional y que es común para todo el territorio español. Ambas partes del impuesto tienen un carácter solidario, ya que su recaudación se destina a sufragar los gastos y servicios comunes a todos los ciudadanos de España.