Obligatoriedad Direccion Electronica Aeat Corporaciones Locales
Además, también se ha establecido la obligatoriedad de que las empresas y entidades inscritas en el Registro Mercantil tengan una dirección electrónica habilitada. Esto significa que, en caso de no disponer de una dirección electrónica, las empresas podrían recibir notificaciones administrativas en su domicilio, pero no se considerarán válidas las notificaciones que se realicen a través de esta vía.
En resumen, la obligatoriedad de disponer de una dirección electrónica habilitada en la Agencia Tributaria para las Corporaciones Locales es una medida que busca modernizar y agilizar el sistema fiscal en España, facilitando la comunicación entre las empresas y la administración y garantizando la seguridad y veracidad de las notificaciones.