OBLIGACION PRESENTACION DECLARACION MODELO 347 ENTIDADES PARCIALMENTE EXENTAS
Las entidades parcialmente exentas que se encuentren en esta situación deberán presentar el modelo 347 indicando las operaciones realizadas, ya sean de compra o de venta, con otras entidades durante el año fiscal correspondiente. Este modelo se presenta anualmente, antes del mes de marzo, y permite a la Agencia Tributaria tener un registro de todas las operaciones realizadas entre estas entidades para poder comprobar que se han cumplido con las obligaciones fiscales correspondientes. Es importante destacar que esta declaración no implica el pago de ningún impuesto, sino que su función principal es meramente informativa.