OBLIGACION PRESENTACION DECLARACION MODELO 347 ENTIDADES PARCIALMENTE EXENTAS

La obligación de presentación de la declaración modelo 347 se refiere a las entidades parcialmente exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este modelo es una declaración anual que deben presentar las entidades que hayan realizado operaciones con otras entidades por un valor superior a 3.000 euros durante el año fiscal correspondiente.

Las entidades parcialmente exentas que se encuentren en esta situación deberán presentar el modelo 347 indicando las operaciones realizadas, ya sean de compra o de venta, con otras entidades durante el año fiscal correspondiente. Este modelo se presenta anualmente, antes del mes de marzo, y permite a la Agencia Tributaria tener un registro de todas las operaciones realizadas entre estas entidades para poder comprobar que se han cumplido con las obligaciones fiscales correspondientes. Es importante destacar que esta declaración no implica el pago de ningún impuesto, sino que su función principal es meramente informativa.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *