En el año 2011 se introdujeron varias novedades en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en relación a las personas con discapacidad. Una de las principales novedades fue la ampliación de la deducción por discapacidad en el tramo estatal, que pasó de ser del 25% al 33%. Esto significa que las personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% podrán deducir un 33% de las cantidades invertidas en tratamientos, compra de prótesis u otras medidas para mitigar su discapacidad.
Por último, en 2011 se estableció una nueva deducción por gastos de escolarización de personas con discapacidad, en la que se pueden incluir los gastos de transporte escolar, comedor o materiales específicos para el alumno con discapacidad. Esta deducción podía ser aplicada tanto por los padres o tutores legales de la persona con discapacidad como por el propio contribuyente con discapacidad en caso de que se abonaran directamente estos gastos.